¿Dónde se puede vapear en España? Regulación Actual y Propuestas 2025

¿Te preguntas dónde puedes vapear legalmente en España? La respuesta no es tan simple como parece. Mientras que actualmente puedes disfrutar de tu cigarrillo electrónico en terrazas, calles y muchos espacios abiertos, un anteproyecto de ley en tramitación podría cambiar este panorama, prohibiendo el vapeo en lugares que hoy están permitidos y estableciendo multas de hasta 600.000 euros.

En este artículo te explicamos tanto la regulación vigente como las propuestas legislativas que podrían afectar a millones de usuarios de vapeo en España.

Regulación actual vigente

La regulación del vapeo en España se rige actualmente por el Real Decreto 579/2017, que equiparó los cigarrillos electrónicos a las restricciones existentes del tabaco establecidas en la Ley 28/2005. Esta equiparación incorporó las directivas europeas (TPD) pero no modificó los espacios donde está prohibido fumar, que siguen siendo los mismos desde 2005.

El Real Decreto 579/2017 estableció las bases para el control de calidad, etiquetado y comercialización de los cigarrillos electrónicos, adaptando la legislación española a las directivas comunitarias sobre productos del tabaco.

Espacios donde NO se puede vapear (regulación actual)

Centros sanitarios y educativos

  • Centros sanitarios, educativos y sus espacios cerrados
  • Administraciones públicas en espacios cerrados
  • Transporte público y sus instalaciones

La prohibición en centros sanitarios busca mantener un ambiente libre de humo y vapores en entornos donde se atiende a personas con problemas respiratorios o de salud. En centros educativos, la restricción tiene un componente pedagógico, evitando normalizar el consumo de productos con nicotina entre menores de edad.

Espacios cerrados de uso público

  • Bares y restaurantes (espacios cerrados)
  • Centros comerciales (espacios cerrados)
  • Centros de trabajo (espacios cerrados)
  • Ascensores y espacios cerrados de uso público

Esta regulación se basa en el principio de protección de la salud de trabajadores y usuarios que no han elegido estar expuestos al vapor de cigarrillos electrónicos.

Espacios donde SÍ se puede vapear (regulación actual)

Espacios abiertos

  • Terrazas de bares y restaurantes
  • Calles y espacios públicos abiertos
  • Parques (excepto parques infantiles en algunas comunidades)
  • Espacios exteriores de centros sanitarios y educativos

Las terrazas representan uno de los espacios más populares para el vapeo, ya que combinan el aspecto social del consumo con la dispersión natural del vapor en el aire libre. La regulación actual considera que la ventilación natural de estos espacios abiertos minimiza la exposición involuntaria de terceros.

Espacios privados

  • Domicilios particulares
  • Locales privados donde el propietario lo permita
  • Vehículos privados

Los espacios privados mantienen la máxima libertad para los usuarios, siempre respetando las decisiones de los propietarios y las normas de convivencia. En vehículos privados, la única limitación actual es la presencia de menores de edad, siguiendo el mismo criterio aplicado al tabaco tradicional.

Propuestas del Anteproyecto de Ley

Posibles nuevas restricciones

El anteproyecto en tramitación propone ampliar significativamente los espacios prohibidos:

  • Terrazas de bares y restaurantes (actualmente permitidas)
  • Perímetro de 15 metros alrededor de centros sanitarios, educativos y administraciones públicas
  • Parques infantiles y zonas de juego para menores
  • Instalaciones deportivas y recintos de espectáculos al aire libre
  • Vehículos utilizados con fines laborales

Posibles sanciones propuestas

El anteproyecto incluye un endurecimiento del régimen sancionador:

  • Usuarios individuales: multas de hasta 10.000 euros por infracciones muy graves
  • Establecimientos: sanciones de hasta 600.000 euros

IMPORTANTE: Estas modificaciones son únicamente propuestas y NO están en vigor. El anteproyecto debe aún tramitarse y aprobarse en el Congreso.

Sanciones actuales vigentes

Bajo la regulación actual, las sanciones por vapear en lugares prohibidos son considerablemente menores que las propuestas en el anteproyecto:

  • Infracciones leves: Entre 30 y 600 euros
  • Infracciones graves: Hasta 3.000 euros
  • Establecimientos: Multas según la gravedad de la infracción

Dónde se puede vapear

Venta y comercialización actual

Actualmente se pueden vender productos de vapeo en:

  • Expendedurías de tabaco y timbre
  • Establecimientos especializados
  • Otros puntos de venta autorizados

La diversificación de puntos de venta ha permitido el crecimiento de un sector especializado que ofrece asesoramiento técnico y productos específicos para diferentes tipos de usuarios. Los establecimientos especializados suelen proporcionar información detallada sobre dispositivos, líquidos y mantenimiento, aspectos que las expendedurías tradicionales no siempre pueden cubrir.

Es fundamental distinguir entre la regulación actualmente vigente y las propuestas del anteproyecto de ley. Las terrazas de bares y restaurantes siguen permitidas bajo la normativa actual, y las nuevas restricciones propuestas aún no han sido aprobadas ni tienen fecha de entrada en vigor.

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